Etiquetados de advertencia en alcoholes
En una medida que marca un hito en la regulación de la industria de las bebidas alcohólicas, se ha oficializado la incorporación de etiquetados de advertencia en el ámbito del alcohol. Esta iniciativa surge como resultado de la Ley N° 21.363, que establece pautas rigurosas para la comercialización y promoción de productos alcohólicos en el país. Finalmente, el reglamento que detalla los cambios y requisitos específicos ha visto la luz en el Diario Oficial.
Este proyecto trae consigo dos modificaciones fundamentales que tienen el objetivo de abordar los riesgos asociados al consumo de alcohol. En primer lugar, prohíbe la promoción de bebidas alcohólicas en eventos deportivos, lo que busca desvincular la imagen del alcohol de actividades relacionadas con la salud y el bienestar. En segundo lugar, las empresas deben incluir etiquetas de advertencia en sus envases, similares a las utilizadas en la industria alimentaria desde 2016 para informar sobre el contenido de calorías, sodio, grasas y azúcares en los productos.
La Subrei (Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales) presentó las disposiciones de la norma a la Consulta Internacional, y tras obtener la aprobación correspondiente, el reglamento ha sido finalmente publicado.
Se ha establecido un plazo de un año para que las disposiciones del reglamento entren en vigor, lo que significa que los etiquetados de advertencia deberían estar presentes en los productos a partir de 2024. El nuevo reglamento establece que todas las bebidas alcohólicas con una graduación igual o superior a 0,5 deberán llevar en su envase una advertencia clara, precisa, visible y fácilmente legible sobre las consecuencias perjudiciales del consumo de alcohol. Esta advertencia debe incluir una leyenda con frases que informen sobre los riesgos asociados al consumo de alcohol. Además, se exigirá la inclusión de una alerta gráfica en blanco y negro, que consta de tres símbolos octogonales que representan un automóvil, una mujer embarazada y el número 18, indicando respectivamente las advertencias de no beber y conducir, riesgos para el feto y la prohibición para menores de edad. Acompañando a estos símbolos, se encontrará la frase: «El consumo nocivo de alcohol daña tu salud».
El tamaño de estas advertencias no podrá ocupar menos del 15% de la superficie de la etiqueta posterior del envase respectivo y no podrá tener dimensiones inferiores a 6,2 cm de ancho y 3,5 cm de alto. El reglamento subraya que estas advertencias deben estar siempre a la vista en todos los puntos de venta de bebidas alcohólicas y prohíbe el uso de elementos que intenten cubrirlas total o parcialmente o dificultar su exhibición. Según lo establecido en el documento, la responsabilidad de adherir estos sellos recae en el productor o fabricante de las bebidas, y en el caso de productos importados, la empresa importadora será la encargada de cumplir con esta regulación. Este paso marca un avance importante en la concienciación sobre los riesgos del consumo de alcohol y busca proteger la salud de los consumidores en Chile.
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